Reglamento de Torneos Internos

Círculo de Ajedrez Miguel Najdorf

  1. Habrá torneos internos de Primera y Segunda Categorías, válidos para el Elo.
  2. Se harán torneos clasificatorios para las Categorías Promocionales (Sub 8 a Sub 20), Senior, Femenina, etc.
  3. Podrán participar en el torneo de Primera Categoría
    1. Todos los socios publicados con Elo igual o superior a 2000 en el último listado de FIDE, previo al torneo a jugarse. Se mantendrán en Primera Categoría, sin importar su actuación en el torneo, mientras su Elo publicado sea igual o superior a 2000.
    2. Quienes participaron en la última Copa Materazzi, sin importar su Elo.
    3. Los socios ascendidos por el torneo de Segunda Categoría.
    4. Los socios en mora o ajedrecistas invitados, cuyo último Elo publicado sea igual o mayor a 2000.
  4. Podrán participar en Segunda Categoría tanto socios como no socios sin Elo o con Elo inferior a 2000.
  5. El sistema de juego será suizo o americano, de acuerdo a los que considere conveniente la organización, pudiendo hacer un solo torneo para ambas categorías si ello fuere conveniente. En este último caso se respetarán los porcentajes de ascenso.
  6. Consideraciones económicas y deportivas:
    1. Los socios abonarán una inscripción a torneos de Primera y Segunda Categorías que permita solventar los costos de elevación a FIDE, planillas, arbitraje, etc.
    2. Los socios morosos y ajedrecistas invitados abonarán una inscripción igual al doble de aquella fijada para los socios.
    3. Los socios morosos y ajedrecistas invitados no pueden ascender de categoría, a menos que cuenten con un Elo publicado de 2000. Tampoco pueden clasificar para la Copa Materazzi.
    4. Los socios morosos que acuerden un plan de pago con tesorería del CAMN, podrán contar con los derechos económicos y deportivos reservados para los socios al día. El incumplimiento del compromiso asumido implicará la inmediata pérdida de los derechos deportivos obtenidos y será considerado como socio moroso, a menos que actualice su situación para con la entidad.
  7. Sobre los ascensos y descensos:
    1. Ascenderá a Primera Categoría uno cada seis participantes, o fracción, en el torneo de Segunda Categoría.
    2. Los socios ascendidos a Primera Categoría, mientras no tengan un Elo publicado igual o mayor a 2000, podrán seguir en Primera Categoría sólo si logran un TPR igual o superior a 2000, que significa tener un nivel correspondiente a primera categoría..
    3. Salvo quienes participaron en la última Copa Materazzi, los ajedrecistas cuyo Elo publicado baje a menos de 2000, descenderán a Segunda Categoría.
  8. Los tres primeros puestos de los torneos por categorías recibirán una medalla (dorada, plateada o bronceada) y la inscripción sin cargo para un torneo a realizarse en el CAMN durante los siguientes seis meses.
  9. Sobre la Copa Materazzi.
    1. Participará el último campeón del CAMN.
    2. Los socios ganadores de los torneos clasificatorios para la misma.
    3. Los cuatro socios con mejor Elo, de acuerdo al listado del mes de julio de ese año.
    4. Todo socio clasificado por una competencia anterior, podrá jugar todos los torneos que desee, pero sin posibilidades de clasificación, como invitados.
    5. La Comisión Directiva determinará el número de participantes en la Copa Materazzi, permitiéndose la designación de un ajedrecista invitado, si lo considera necesario. Dicho jugador no tendrá derechos deportivos.
    6. El ganador de la Copa Materazzi será proclamado Campeón del Círculo de Ajedrez Miguel Najdorf.
    7. Mientras ostente dicho título, el campeón representará al CAMN en toda competencia oficial o amistosa y tendrá cubierta la inscripción a todo torneo abierto u oficial, a disputarse en nuestro país, en el que participe
  10. Sobre los equipos y representantes del CAMN, la Comisión Directiva decidirá, de acuerdo a su criterio, quienes representarán a nuestra entidad, dando prioridad a los torneos de categorías y la Copa Materazzi.
  11. Todo tema no contemplado en este reglamento será resuelto por la Comisión Directiva.